El Ministerio de Hacienda dio a conocer las medidas que facilitarán el cumplimiento tributario de las pymes, dado el complejo escenario que atraviesa el país. “Estamos tomando una serie de medidas que permitirán alivianar su carga, ya que en este tiempo hemos visto dificultado su operación y así tener menor carga tributaria, de este modo vayan recuperando su funcionamiento”, explicó el Intendente Sergio Giacaman.
Como primera iniciativa se postergó la fecha de las declaraciones de IVA sin recargos para personas y pymes, con esto se busca beneficiar a 144 mil contribuyentes y a las pymes que tengan una facturación menor a 100 mil UF.
El Seremi de Hacienda, Cristián Muñoz, explicó que esta medida consiste en “otorgar un plazo adicional para el cumplimiento de la obligación de declarar el IVA correspondiente al periodo tributario de septiembre, que se debía realizar entre el 01 al 20 de octubre. Sin embargo, el nuevo plazo será hasta el 10 de noviembre, sin ningún tipo de multa o recargo”.
La segunda disposición, dada a conocer por el Ministerio de Hacienda, apunta a ayudar a las empresas que fueron afectadas por pérdidas de inventario producto de los daños ocurridos en el último periodo. El objetivo es que se puedan reconocer tributariamente estas perdidas patrimoniales de forma más simple, evitando gravar con IVA la pérdida de inventario.
Además, como una medida administrativa que facilitará este proceso, se dará mayor plazo a las pymes para informar de esta situación al SII, hasta el 31 de marzo del 2020.
Por otro lado, la tercera medida busca hacerse cargo de los perjuicios que distintas empresas sufrieron en sus inmuebles, a través de las contribuciones. Se dispondrán de facilidades para informar al SII de manera más expedita el daño a la propiedad inmueble. Para ello, las pymes podrán solicitar su reevalúo fiscal para rebajar de esta forma el pago de las contribuciones.
Por último, se dispondrá de un sistema especial para comunicar al SII la pérdida de documentación contable relevante, debido a los daños que las empresas hayan sufrido. Con esto se procederá a la reconstrucción de la documentación, evitando así el cobro de multas y aplicación de sanciones. El plazo extendido para informar sobre esta situación al SII será hasta el 31 de marzo del 2020.
Además de estas medidas, se complementó con otras de tipo administrativas que consideran, por ejemplo, priorizar las solicitudes de devoluciones de IVA formuladas por contribuyentes con cambio de sujeto, lo que permitirá contar con flujo de caja en un plazo máximo de 5 días, para que sea autorizada la devolución.
En concreto, se eliminaron los recargos por presentación fuera de plazo de solicitudes y trámites masivos, como inicio de actividades, actualización o modificación de información y términos de giro, entre otros. Esta medida busca apoyar a todos los contribuyentes que se han visto imposibilitados de cumplir con estas obligaciones dada la situación que vive el país.
También se postergó el plazo para la entrada en vigor de la obligatoriedad de la emisión de facturas de exportación electrónicas para el 17 de enero de 2020. Esta iniciativa les permitirá seguir operando con sus actuales sistemas hasta esa fecha.
Dada la situación excepcional que vive el país, en forma extraordinaria, el SII autorizó la emisión de facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. Esta medida busca evitar que deban acercarse en lo inmediato a las oficinas del Servicio y permite continuar facturando, manteniendo la operación de sus negocios.
Además, se reprogramarán en forma automática todas las citaciones en oficinas del SII. Así, los contribuyentes que no hayan podido asistir en este periodo serán contactados para comunicarles la nueva fecha, sin que quede registro de la inasistencia.
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