La controversia por el Presupuesto 2027 obliga a examinar algo más que los porcentajes de ejecución regional. En un país históricamente centralizado, fortalecer las capacidades y la autonomía de los gobiernos regionales constituye una condición fundamental para modernizar el Estado y avanzar hacia un desarrollo territorial más equilibrado.
La reducción de recursos propuesta para los gobiernos regionales en el Presupuesto 2027 ha vuelto a instalar la discusión sobre su capacidad de ejecución. Según informó el Senado el 21 de octubre, el ajuste alcanzaría aproximadamente $250 mil millones. Hacienda ha invocado restricciones fiscales y dificultades para materializar la inversión, mientras los gobernadores cuestionan sus efectos. Sin desconocer la obligación de administrar responsablemente los recursos públicos, cabe preguntarse si resulta coherente restringir el financiamiento regional cuando la descentralización chilena todavía presenta limitaciones importantes.
La pregunta remite a la forma en que hemos organizado el Estado. Según la OCDE (2024), en 2021 el gobierno central concentraba el 89,4% del gasto del gobierno general. Se trata de una medida de distribución del gasto, no de autonomía de los gobiernos regionales, y corresponde a un período excepcional por la pandemia. Con esa precaución, el dato permite dimensionar un rasgo que atraviesa nuestra historia institucional: la persistencia de un poder público fuertemente concentrado.
La elección de gobernadores regionales, iniciada en 2021, constituyó un avance democrático significativo. Sin embargo, la legitimidad que otorga el voto debe ir acompañada de atribuciones y capacidades efectivas. La Constitución reconoce a los gobiernos regionales personalidad jurídica y patrimonio propio, pero su margen de actuación sigue condicionado por reglas presupuestarias y procedimientos donde el nivel central conserva una influencia decisiva.
Otras experiencias sudamericanas permiten ampliar la mirada. Colombia, también Estado unitario, reconoce autonomía constitucional a sus entidades territoriales; Perú consagra autonomía política, económica y administrativa para sus gobiernos regionales mediante la Ley N.º 27867. Son arreglos institucionales diferentes y tampoco están libres de dependencia fiscal. Su interés no radica en ofrecer modelos que debamos reproducir, sino en mostrar que existen distintas formas de distribuir competencias y responsabilidades dentro de un Estado unitario.
Sería equivocado, con todo, ignorar los problemas de ejecución. Según SUBDERE, a agosto de 2026 los dieciséis gobiernos regionales habían ejecutado financieramente un 45,3% de sus presupuestos de inversión, frente al 50,1% del mismo período de 2025. La disminución exige explicaciones. Lo que no permite es establecer, sin mayor análisis, que las administraciones regionales son ineficientes. Ese porcentaje informa cuánto se ha devengado, pero no determina por qué existen retrasos ni qué resultados concretos se han obtenido.
La propia Dirección de Presupuestos, en un estudio publicado en 2026, identifica dificultades relacionadas con la preparación de carteras de proyectos, capacidades técnicas municipales desiguales, cambios de glosas y coordinación entre organismos. También constata avances en autonomía presupuestaria: la proporción de recursos regionales de su serie distribuida directamente a los presupuestos de los gobiernos regionales pasó de 44,2% en 2010 a 96,8% en 2026. El proceso, entonces, no ha estado inmóvil; sus progresos conviven con reglas poco estables y capacidades institucionales insuficientes.
Esta tensión se advierte especialmente en la relación con las municipalidades. Muchos proyectos requieren diseños, formulación técnica y equipos capaces de conducir su ejecución. No todas las comunas disponen de esas condiciones. Cuando un proyecto se retrasa, también se posterga una respuesta a necesidades concretas, mientras la comunidad difícilmente puede distinguir qué organismo provocó la demora. La dificultad aumenta cuando la rotación de personal o decisiones de contratación ajenas al mérito debilitan la continuidad de los equipos. La profesionalización municipal, por tanto, no es un asunto secundario: constituye parte de la capacidad del Estado para invertir en los territorios.
De ahí que asociar mayores recursos únicamente a porcentajes de ejecución pueda producir efectos contraproducentes si se desconocen esas diferencias. Las administraciones con equipos consolidados y proyectos maduros tendrían ventajas sobre aquellas que enfrentan mayores restricciones. La disciplina fiscal exige evaluación y rendición de cuentas, pero también indicadores que permitan distinguir lo que depende de cada gobierno regional de aquello condicionado por otros niveles del Estado.
En este contexto, reducir los recursos regionales supone un retroceso en el fortalecimiento financiero de la descentralización, aunque no implique una pérdida jurídica de competencias. El camino debiera ser otro: mayor certidumbre presupuestaria, reglas estables, profesionalización y una distribución de atribuciones que permita a las regiones responder efectivamente por sus decisiones.
Chile necesita gobiernos regionales capaces de gestionar y sometidos a controles rigurosos. Pero también necesita un nivel central dispuesto a compartir poder y a fortalecer las capacidades que esa transferencia requiere. De lo contrario, seguiremos exigiendo resultados territoriales sin revisar suficientemente las condiciones institucionales que contribuyen a producirlos.
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