Toda reforma genera esperanzas, incertidumbres y reacciones. La reforma laboral no es la excepción. Una columna de opinión del Consejero Regional Patricio Pinilla para una reflexión a propósito de la reforma laboral, una contribución al debate público.
Genera esperanzas porque sus defensores procuran al menos "emparejar la cancha", y produce incertidumbre, porque los cambios siempre preocupan. Pero, ¿porqué emparejar la cancha?, porque desde la dictación de la parte gruesa de la actual legislación laboral (1979) los trabajadores han estado en desventaja al negociar con sus empleadores. Dos formas tiene un trabajador de negociar, solo o junto a sus pares. Un trabajador siempre podrá negociar individualmente, pero bien sabemos de la debilidad de su posición.
Entonces se da la opción de negociación conjunta, pero para que esta exprese lo que los trabajadores realmente quieren, sus representantes deben tener autonomía, protección frente a posibles represalias y tiempo para preparar y estudiar sus propuestas. ¿Cómo se logra esto?, nos guste o no, no se ha encontrado mejor forma que a través de los sindicatos, pues al constituirse sus dirigentes adquieren fuero (imposibilidad de ser despedidos sin autorización judicial previa), permisos (tiempo para desarrollar sus tareas sindicales), y el respaldo de una organización permanente que garantiza el cumplimiento de los acuerdos de la negociación. Así, la posibilidad que hoy existe en la ley de que los trabajadores puedan negociar formando simplemente un grupo transitorio (sin autonomía, protección y permanencia), firmando un contrato colectivo con su empleador hasta por 4 años, en la práctica implica quedar entregados a la voluntad empresarial. Por eso se habla de titularidad sindical. Solo el sindicato tiene la opción real de representar libremente a los trabajadores.
Otra figura que "desnivela la cancha" en nuestra negociación colectiva es la posibilidad del empleador de reemplazar a los trabajadores en huelga. La propia Corte Suprema ha dicho que el reemplazo puede hacer desaparecer el derecho a huelga. El trabajador que está en huelga (luego de un largo proceso de conversaciones y posibilidades de acuerdos) al menos debe tener la seguridad de que su puesto de trabajo no será ocupado durante ese tiempo por otro trabajador de su empresa que no quiso, o no pudo negociar. Por cierto, el proyecto establece que se garantizarán los servicios mínimos evitando así que la paralización legal pudiese poner en peligro los bienes de la empresa, la seguridad de la población, el medio ambiente, etc. Es decir, en ese caso, sí se podría "reemplazar" la función del huelguista, es decir, un tipo de "reemplazo interno" (con personal permanente de la empresa) que no afecta el derecho a huelga. Esto parece razonable.
Ahora bien, si un sindicato firma un contrato colectivo (el cual amarra a sus socios por el tiempo que dure, evitando conflictos permanentes obteniendo beneficios), la ley actual le permite al empleador que traspase esos beneficios a todos los trabajadores de su empresa, quienes a cambio, solo deben pagar al sindicato el 75% del valor de la cuota sindical. O sea, el socio del sindicato, que decidió afiliarse (lamentablemente nunca he conocido a un empleador que aplauda esta situación), que paga su cuota mensual, que va a las asambleas del sindicato, que participó de la negociación, que votó y quizás fue efectivamente a huelga y que arriesga, aun cuando sea levemente, su relación con el empleador, recibe lo mismo que aquel que solo se quedó mirando cómodamente cómo sus colegas procuraban mejorar sus remuneraciones y condiciones de trabajo. ¿Alguien puede dudar que esta situación desincentiva la sindicalización? Entonces, el proyecto procura, poner los incentivos en la línea correcta, es decir, hacia la sindicalización (que es el derecho que se supone debe promoverse). ¿Cómo lo hace? Establece que los beneficios que gane el sindicato serán para los socios del sindicato, tanto los que negociaron como los que se afilien después de la negociación. Sin embargo, también se permitirá que se traspasen a los demás trabajadores no socios, con tal que el empleador y el sindicato se pongan de acuerdo en ello. De esta forma, el proyecto no obliga a nadie a afiliarse a un sindicato, pero si defiende el derecho de los trabajadores socios del sindicato a resguardar lo que ganaron durante su negociación.
Son estos tres elementos (titularidad sindical, no reemplazo de los trabajadores en huelga y extensión pactada de beneficios) los que más preocupan al empresariado, el que ha dicho que traerán desempleo, desaceleración económica y cierre de empresas. Lo curioso es que también se dice que esta situación ya existe, aunque las reformas no se han aprobado. ¿En qué quedamos?
Sobre el miedo siempre que se ha promovido un cambio laboral profundo se alega lo mismo, y lo cierto es que dichos temores pocas veces se han concretado. Es cosa de revisar por ej. lo que ocurrió con la rebaja de la jornada semanal de 48 a 45 hrs., la ley de subcontratación o la reforma procesal laboral. No se produjo el descalabro profetizado.
En cuanto a la desinformación se ha dicho que la reforma permitirá que cualquier trabajador en cualquier empresa vaya a huelga (falso, pues fija límites), que solo es para favorecer a los dirigentes sindicales (nada cambia respecto a éstos), que en ningún otro país se ha aprobado una ley así (lo que hoy tenemos, no existe en ningún otro país) y que arruinará a las microempresas (prácticamente no hay sindicatos en este tipo de empresas, y nada cambia en cuanto al quórum para constituir sindicatos). Frases que se repiten hasta el cansancio, sin que haya fundamento real.
Finalmente, se ha usado la distracción, diciendo que no se hace cargo del desempleo en jóvenes y mujeres, y que no mejora la situación de las PYMES, tareas que el Gobierno ha dicho se están abordando a través de otros programas y proyectos. Entonces se le pide a la reforma laboral, lo que no puede dar, como si justificáramos nuestra negativa a recibir la luz del sol porque no es capaz de calentarnos en invierno.
Sin duda todo proyecto es perfectible, y en eso está el Gobierno y el Congreso, pero, por favor, no le pidamos al derecho laboral lo que es propio de otras áreas, como la economía. Es un hecho que en las empresas donde se han consolidado sindicatos, las remuneraciones y las condiciones laborales de todos los trabajadores han mejorado. ¿Por qué?, simplemente por la posibilidad de negociar de mejor manera.
Patricio Pinilla Valencia
Abogado - Magister en Derecho Laboral
Consejero Regional
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