Si bien es un tema que no se ha ventilado mayormente desde la Municipalidad, es un secreto a voces que se está trabajando en realizar un cambio en el Juzgado de Policía Local (JPL). Saldrá el llamado para la contratación del Secretario Titular del JPL donde varios "abogados de la plaza" esperan postular, muchos con plenas capacidades, pero dependerá de las bases del concurso si califican o no. Al respecto quiso opinar Diego Henríquez Z.
Este lunes 24 de julio de 2017, el Concejo Municipal revisará las bases de concurso para crear el cargo de Secretario Titular Abogado del Juzgado de Policía Local de Cañete. En atención a éste acontecimiento es dable hacer un poco de memoria de hechos que han venido ocurriendo:
Desde Abril de 2012, he reclamado y denunciado a diferentes instancias, sobre los irregulares e insólitos procedimientos en el juzgado de Policía Local de Cañete, actuar de su Secretario Titular NO abogado y su Juez Titular, es así como la Corte de Apelaciones de Concepción resuelve que “los asuntos disciplinarios de éstos Juzgados son de competencia de la I. Municipalidad”, esto es ratificado por La Suprema Corte de Justicia, pues bien; hubo una investigación sumaria en la Municipalidad, donde testigos funcionarios de ese mismo Juzgado afirmaron que: “en una audiencia que se suponía estaba presente el Juez titular porque aparece firmando, en realidad nunca estuvo, ni tampoco todo ese día, y que casi nunca viene a trabajar”; jamás se le toma declaración al Juez, el director Jefe de personal de la Municipalidad en su informe entregado a ésa investigación, establece que el Juez debe marcar tarjeta con su huella dactilar por ser “Funcionario Municipal”, aunque se estableció que el Juez casi nunca está en el Juzgado y nadie le controla asistencia, SE LE PAGARÍA SIEMPRE SU SUELDO AL PARECER SIN DESCONTAR NADA, que el Secretario hace lo que se le ocurre, declara falsedades jurídicas en la instancia municipal tal como respaldarse en artículo 6to. y 7mo. de LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPÚBLICA (cosa que nada tiene que ver) y a mayor abundamiento se inculpa, finalmente en la I. Municipalidad NO PASÓ NADA, quienes tenían que resolver y sancionar les tiritó la mano, no tuvieron coraje, descartaron y archivaron la causa investigada.
Paralelamente esto lo investigó en el MINISTERIO PÚBLICO, lográndose que tanto el Juez y Secretario se le tomara declaración ante la PDI donde se agregaron todas las declaraciones y actuaciones en otras instancias de los funcionarios denunciados quedando claro, que ante la Corte dicen una cosa, ante la Municipalidad otra versión y ante la PDI finalmente reconocen que el Juez no estuvo en la audiencia que se denunció primariamente como fondo del caso; lamentablemente en esta instancia TAMPOCO PASÓ GRAN COSA; cabiendo hacer presente además, que jamás los denunciados se han atrevido a querellarse en mi contra, como muchas veces lo anunciaron, ¿Por qué no lo harían?
En las últimas semanas la Ilustre Corte de Concepción ha insistido y vuelto a instruir que se “DEBE CREAR EL CARGO DE SECRETARIO TITULAR ABOGADO”, que afortunadamente ha tenido eco y ya se ha decidido llenar este cargo. Esto implica mucho, se enderezaría el camino en la aplicación de justicia, en donde hoy tenemos un Juez que vive en la Región de la Araucanía, que no marca tarjeta y se sabe está presente tarde mal o rara vez ejerciendo, quedando la tremenda duda de cómo resuelve las causas o en realidad quien es el que realmente resuelve, es más, en qué momento firma sus resoluciones o sentencias, con que mecanismo, en atención a la distancia de su domicilio (más de 200 km).
En adelante, cuando haya un Secretario Titular Abogado, siempre habrá un Juez, toda vez que si no viene este señor que vive cerca de Lonquimay, el Secretario Titular Abogado tiene que subrogarle obligadamente, “asumirá como Juez”, o sea, ya no debieran ocurrir Estas rarezas anteriores en el proceder del Juzgado, en especial entre el Juez y Secretario No Abogado.
CONCURSO PARA ELEGIR EL SECRETARIO TITULAR ABOGADO
Centrémonos ahora en el tema Concurso y sus Bases para éste, donde es de imaginar que habrá varios abogados de la plaza postulando, como ya se comenta en el ambiente. Para evitar ocurran irregularidades o situaciones reñidas con la ley, la ética u otras irregularidades incluso suspicacias, como primer requisito es que quien sea el elegido TENGA DOMICILIO PERMANENTE O FIJO EN LA COMUNA DE CAÑETE; en Segundo lugar, es dable exigir que tenga cierto rodaje como abogado, más bien en materias que se tratan en ése Juzgado; en Tercer lugar el asumido Secretario será un funcionario municipal y debe quedar claro que debe marcar tarjeta tanto como el Juez Titular; en Cuarto lugar, pero de muchísima importancia es razonable exigir que aunque sea la Municipalidad es quien hace el concurso, de donde saldrá una quina o terna de postulantes a partir de la cual se elegir el cargo´, aparecen las dudas ¿Quién dirimirá y sancionará el concurso? , ¿Será solo el Alcalde?, si así fuera estimo que la instancia se prestaría para que se acomode a alguien solo de su gusto o tendencia política.
En este importante y estratégico cargo, no puede ni debe prestarse para acomodos raros, criterios unipersonales y/o tendenciosos; si el cargo debe ser asignado obligadamente por la Municipalidad lo más apropiado es que el Concejo pleno resuelva sobre la quina o terna, por ser esto más pluralista en lo político, más democrático en la elección y le daría un mayor peso al elegido. Ojalá que esta elección no se transforme en una sucia dedocracia, tal como se vería si este concurso resuelve la terna o quina que resulte, con un criterio unipersonal.
Así las cosas, con mi convicción que sea el Concejo Municipal quien resuelva, me queda una DUDA ENORME, si el Secretario Titular Abogado, asume subrrogando como JUEZ, mientras falta el Juez Titular, ¿No debiera acaso resolver la terna o quina LA ILUSTRE CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN?, digo esto porque se ve y se entiende que los jueces son nombrados por las Cortes, además en esta instancia se les toma juramento.
Invito a la ciudadanía y habitantes de la comuna a seguir el desarrollo de este importante concurso, que espero prime el BUEN CRITERIO, TRANSPARENCIA Y DECENCIA. También la invitación a nuestras autoridades a mostrarnos este proceso con total transparencia, publicando desde sus Bases, la elección de la Terna/Quina, los criterios y fundamentos de la elección final. Que no se vaya a transformar este concurso en algo con ribetes de aspecto “trucho” y terminemos peor que como estamos, con un mal secretario y “cayéndonos del sartén a las llamas” ya que aquí se elegirá quien debe aplicar un tipo de Justicia que se nos aplica a todos en algún momento, ya sea en ley de transito y otras diversas leyes, pero en especial menciono la LEY 19.496 SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES, donde entramos todos en algún momento.
NOTAS DEL EDITOR:
Respecto a la nota de más arriba y para entregar un mejor contexto, creemos convenientes indicar algunas cosas y mencionar algunos artículos relacionados que ya habíamos publicado antes.
1.- Consultado un Juez de Policía Local de una comuna mayor, docente y catedrático de varias universidades, respecto al procedimiento de la elección del Cargo de “Secretario Titular Abogado”, nos indica que hay dos caminos, el Primero (que al parecer no es posible en la Municipalidad de Cañete), se puede ocupar mediante un ascenso de un funcionario municipal abogado DE PLANTA y que tenga un grado menor del Secretario a elegir. Segundo (que seguramente se aplicará en Cañete), se debe llamar a Concurso donde una COMISIÓN EVALUADORA determinará una Terna de la que el Alcalde elegir al ganador del concurso.
2.- La instrucción y exigencia que el juzgado de Policía Local de Cañete debe tener un Secretario Abogado no es reciente, sino de un par de años atrás, donde el Alcalde Abraham Silva nunca le puso prioridad o hizo caso omiso de este importante cumplimiento, aunque algunas versiones indican que habría tenido la intención de poner en ese cargo a quien fuera su Administrador Municipal y no habría tenido el apoyo de algunos concejales de su coalición.
3.- El actual alcalde, que hace 8 años ya había intentado intentado reemplazar al actual Secretario, ahora, ante los múltiples reclamos y prolongadas ausencias del Juez (licencias médicas principalmente), acogió la solicitud de la Corte, hizo los cambios presupuestarios para ello y dará cumplimiento a lo que viene exigiendo la autoridad judicial regional.
4.- El artículo menciona varios hechos, alguno de los cuales ya publicamos y que más abajo señalamos
- JUZGADO DE COMEDIA LOCAL (12/6/16): Interesante el tema central de esta nota que habla sobre: “la ley de Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local establece que debe residir en la comuna donde ejerce sus funciones, art. 5, ley 15.231…”.