La Comisión de Trabajo aprobó en general la moción que involucra -además- a los empleadores para que faciliten los “horarios de acompañamiento” para que tanto la madre, como aquella otra persona significativa puedan contar con los permisos necesarios.
Destacando la importancia de la corresponsabilidad desde el inicio de la gestación, la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó en general y por unanimidad la moción que modifica el Código del Trabajo, con el objeto de otorgar un permiso laboral a la madre, padre o persona significativa en el cuidado de un menor, para asistir a controles prenatales, exámenes de ecografías y controles de niño sano.
La instancia especializada, presidida por el senador Luciano Cruz-Coke, escuchó a parte de las autoras del texto legal, senadoras Loreto Carvajal y exsenadoras Marcela Sabat (directora ejecutiva Fundación Miradas Compartidas EQUIDAD) y Carolina Goic (investigadora del Centro de Políticas Públicas UC).
¿QUÉ SE PROPONE?
Tanto la mujer embarazada como el padre o la persona significativa para ella tendrán derecho a un permiso de 2 horas al mes, para controles médicos prenatales durante la gestación y ecografías propias del embarazo.
Para el ejercicio de este derecho, tanto la trabajadora embarazada, como su persona significativa deberán dar aviso al empleador del ejercicio del derecho a los que se refieren los incisos anteriores, con una semana de anticipación a la realización del control u ecografía. Asimismo, deberán presentar, con posterioridad a estos, los comprobantes suficientes que acrediten que dicho control o ecografía fue realizada.
El tiempo que los trabajadores se ausenten por estos motivos, será considerado como trabajado para los efectos legales.
Durante el descanso postnatal de la madre, tendrá derecho a un permiso mensual de dos horas, el padre o persona significativa para la madre, para acompañar a la madre y al niño o niña al control pediátrico mensual.
Una vez terminado el descanso postnatal de la madre, ella gozará de este mismo permiso para el control del niño o niña a sus 8 meses, 12 meses y 18 meses. Dicho permiso podrá ser transferido al otro progenitor o persona significativa.
Quien detente el cuidado personal del niño o la niña podrá hacer uso del permiso para este fin desde los 2 años de vida, una vez al año, hasta los 9 años de vida del menor. Este permiso podrá ser transferido al otro progenitor, o persona significativa de quien detente el cuidado personal.
Cabe consignar que durante la sesión, los legisladores adelantaron que para el análisis en particular se espera avanzar para que la preferencia del permiso sea para el padre y para personas de confianza; además de darle coherencia con otras leyes.
Una vez que la Secretaría emita el respectivo informe, el proyecto será analizado por la Sala del Senado en general.
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